La obligación de los asesores inmobiliarios ante la Ley Antilavado
Seguridad y cumplimiento: Lo que todo asesor inmobiliario debe saber sobre la Ley Antilavado
En México, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida comúnmente como la Ley Antilavado, se promulgó con el objetivo de detectar y prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Esta ley establece diversas obligaciones para ciertos sectores económicos, entre ellos el sector inmobiliario, debido a la significativa cantidad de dinero que se maneja en las transacciones de bienes raíces.
Fundamento legal
El fundamento de las obligaciones de los asesores inmobiliarios se encuentra principalmente en la LFPIORPI, publicada el 17 de octubre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación. En particular, los asesores inmobiliarios están sujetos a esta ley cuando participan en la compra y venta de inmuebles, ya que estas actividades se consideran vulnerables a ser utilizadas para lavar dinero.
Artículo 17: Para efectos de esta Ley se entenderán Actividades Vulnerables y, por tanto, objeto de identificación en términos del artículo siguiente, las que a continuación se enlistan:
Fracción V. La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios.
Intermediación en la transmisión de la propiedad
Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el acto u operación sea por una cantidad igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces la Unidad de Medida Actualizada (UMA);
La UIF ha emitido un criterio específico sobre las actividades que deben cumplir los asesores inmobiliarios:
En el siguiente enlace podemos consultar los diferentes criterios emitidos por la UIF:
https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/preguntas.html
Obligaciones de los asesores inmobiliarios
Identificación de clientes
Una de las principales obligaciones es identificar plenamente a sus clientes. Esto implica obtener y verificar entre otra información la siguiente:
Nombre completo
Fecha de nacimiento
Nacionalidad
Domicilio
Ocupación o actividad
Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Revisar que el cliente no se encuentra en diferentes listas negras
Ojo, se debe identificar a todos los clientes sin importar el monto de la operación.
Presentación de avisos
Cuando el monto de la operación supera los 8,025 UMA (en 2024 la cantidad en pesos es de $871,274.25), los asesores inmobiliarios deben presentar un aviso ante la SHCP. Este aviso debe incluir entre otros datos:
Datos del cliente y del beneficiario real
Descripción del inmueble
Monto y forma de pago
Conservación de documentos
Los asesores inmobiliarios deben conservar la documentación recabada durante un plazo mínimo de 5 años, lo que incluye:
Información del cliente
Documentos que acrediten la propiedad del inmueble
Comprobantes de la operación
Relación entre lo fiscal y la Ley Antilavado
Para los asesores inmobiliarios, es crucial entender la relación entre las obligaciones fiscales y las establecidas por la Ley Antilavado:
Obligaciones fiscales
Los asesores inmobiliarios deben cumplir con sus obligaciones fiscales, como la emisión de facturas, la declaración de impuestos, y el registro de ingresos y gastos conforme a las normas correspondientes y a las reglas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Convergencia de obligaciones
Facturación y avisos: La información obtenida para cumplir con las obligaciones fiscales puede ser útil para los avisos que deben presentarse ante la SHCP conforme a la LFPIORPI.
Documentación: La documentación que se requiere para efectos fiscales también puede ayudar a cumplir con las obligaciones de conservación de documentos establecidas por la Ley Antilavado.
Es crucial asegurarse de que la información fiscal coincida con la presentada conforme a la Ley Antilavado para evitar cualquier discrepancia.
Sanciones
El incumplimiento de las obligaciones de la Ley Antilavado puede resultar en sanciones administrativas e incluso penales. Además, las sanciones fiscales pueden implicar multas y recargos adicionales, lo que subraya la importancia de una adecuada gestión y cumplimiento en ambas áreas.
Conclusión
Los asesores inmobiliarios en México deben estar al tanto de sus obligaciones tanto fiscales como de la Ley Antilavado. La LFPIORPI exige medidas específicas para identificar clientes, presentar avisos y conservar documentos, lo que contribuye a prevenir el uso del sector inmobiliario para el lavado de dinero. Al cumplir con estas normativas, no solo se evitan sanciones, sino que también se promueve un mercado inmobiliario más transparente y seguro.
Es fundamental que los asesores inmobiliarios se acerquen a expertos en la materia para asegurarse de cumplir correctamente con todas las obligaciones fiscales y legales. Consultar con profesionales especializados puede proporcionar orientación precisa y ayudar a evitar posibles errores y sanciones.
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